1.- El importante tema de la competencia se rige hoy por las disposiciones de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva de Consumidor, Ley N° 7472 de 1994. Después de 25 años es necesario abocarse a revisar el ordenamiento jurídico e institucional vigente al menos por dos motivos. De una parte, aprovechar la experiencia acumulados durante un cuarto de siglo y de otra, tomar en consideración las observaciones y recomendaciones formuladas por OCDE recientemente.
2.- Con este propósito se discute en la actualidad, en la Asamblea Legislativa el proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de la Competencia de Costa Rica (expediente N° 21303). Este proyecto de ley tiene un doble propósito: remonzar la ley anterior (Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor) y poner al día la legislación nacional sobre el tema de la competencia. El marco jurídico / institucional consistirá entonces de estas dos leyes, a saber: Ley de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor y ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencia de Costa Rica.
El objetivo esencial de ambas leyes consiste en proteger a los consumidores y las empresas de la falta de competencia en el mercado costarricense. Alcanzar este objetivo es de fundamental importancia para el buen funcionamiento de la economía nacional. La falta de competencia perjudica tanto a los consumidores como a las empresas. A los consumidores porque aumenta los precios, desmejora la calidad y perjudica el servicio a los consumidores. Y cuando se trata de las empresas por cuanto encarece las materias primas y bienes intermedios, así como los servicios (transporte, energía, por ejemplo) incluidos los financieros. Esto, en última instancia, también perjudica a los consumidores. Además, desde el punto vista macroeconómico, la falta de competencia tiene una incidencia negativa para la productividad de la economía. En efecto, las empresas causantes de la falta de competencia no tienen acicate para innovar, para incorporar nuevos conocimientos con el fin de aumentar su productividad y su eficiencia. Lo anterior representa, sin duda, un obstáculo significativo para el crecimiento económico del país. No cabe duda, entonces, de la necesidad de evitar la falta de competencia en el país. De ahí la necesidad de promover y defender la competencia de manera permanente y sistemática.
3.- Varias son las políticas públicas enfocadas a promover y defender la competencia. Valga recordar las siguientes:
La inserción en la economía internacional: eliminación del proteccionismo arancelario y de los contingentes y cuotas de importación, así como de otros obstáculos a las importaciones.
La eliminación del exceso de requisitos que dificulta la entrada al mercado local de nuevos bienes y servicios o el acceso de nuevas empresas competidoras.
Requisitos estos propiciados por las mismas empresas causantes de la falta de competencia.
La mejoría de la infraestructura vial y digital a fin de disminuir los costos de transporte y comunicación entre las regiones del país.
Las compras por parte del Sector Público (Gobierno, entidades y empresas públicas, municipalidades) ha de llevarse a cabo mediante procedimientos adecuados -digitales, licitaciones públicas, o de otra índole – para garantizar la participación del mayor número posible de proveedores. Este tema reviste especial importancia, pues, el Sector Público es el comprador de mayor envergadura del país.
El establecimiento de procedimientos expeditos cuando lleguen a presentarse situaciones de falta de competencia en el mercado local se trate de denuncias presentados por los consumidores o por las empresas o bien constatadas mediante procedimientos administrativos.
La fijación de tarifas de servicios públicos, en el caso de monopolios estatales / privados, por ejemplo, combustibles, telecomunicaciones, energía, transporte público.
En estos casos no se trata tanto de promover la competencia sino más bien de impedir la fijación de tarifas cuyo propósito sea, para efectos prácticos, establecer nuevos impuestos a los usuarios de dichos servicios.
4.- La legislación actualmente en discusión en la Asamblea Legislativa tiene el propósito de hacer frente al punto (e) del párrafo anterior. Al respecto es necesario resaltar algunos puntos de especial importancia del proyecto de ley.
(i)Dotar a la Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM) de mayor autonomía funcional y operativa.
(ii)Fijar recursos presupuestarios mínimos para el debido funcionamiento de la COPROCOM.
(iii)Evitar el posible conflicto de intereses gracias al nombramiento de funcionarios a tiempo completo.
(iv)Asegurar el control político mediante la ratificación de la Asamblea Legislativa de los miembros de la junta directiva de los miembros de la COPROCOM.
(v)Resguardar a la institución de la influencia de determinados intereses particulares.
(vi)Poner énfasis en criterios y consideraciones técnicas en el proceso de la toma de decisiones.
(vii)Lograr la debida coordinación entre las diferentes entidades a cargo de salvaguardar la competencia, es decir entre COPROCOM, SUTEL y CONASSIF.
5.-La nueva legislación dota a la COPROCOM de la necesaria autonomía funcional, operativa y financiera. Los criterios y consideraciones técnicas serán el fundamento de sus decisiones. De esta manera será posible evitar la captura de la política nacional de la promoción y defensa de la competencia por parte de diversos intereses políticos, burocráticos o económicos. Pero el camino por delante, evidentemente, será difícil. El empeño por debilitar el proyecto de ley en trámite en la Asamblea Legislativa es bien conocido. Sin embargo, los intereses generales del país deben prevalecer. A los señores diputados y diputadas no escapará la gran trascendencia – el bienestar de los consumidores y el desarrollo de las empresas – del tema entre manos. De ahí, la necesidad urgente de aprobar una ley robusta para promover y defender la competencia a lo largo y ancho del país.
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Articulo original de CRhoy