L a legislación de competencia en Costa Rica data de 1994, con la aprobación de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (Ley 7472).
En 1996, se creó la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom) -órgano de máxima desconcentración, adscrito al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC)– como encargada “de conocer, de oficio o por denuncia, y sancionar, cuando proceda, todas las prácticas que constituyan impedimentos o dificultades para la libre competencia y entorpezcan innecesariamente la fluidez del mercado” (Art. 21, Ley 7472).
Después de casi veinte años de permanecer prácticamente sin cambios, se aprobó una enmienda de la ley a fines de 2012. Dicha reforma le proporcionó potestades de investigación adicionales, como la facultad de realizar inspecciones, la posibilidad de que los agentes económicos soliciten la terminación anticipada de una investigación por prácticas anticompetitivas -comprometiéndose a suprimir las prácticas o contrarrestando los efectos anticompetitivas causados mediante el cumplimimento de ciertas condiciones establecidas por la Comisión- y el proceso de notificación previa de concentraciones. Desde hace varios años se conoce la necesidad de fortalecer y poner al día el marco legal de competencia del país con las mejores prácticas internacionales.
En ese contexto y como parte de las reformas pendientes del proceso de incorporación a OCDE, en marzo de este año, el Poder Ejecutivo presentó ante la Asamblea Legislativa la “Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencia de Costa Rica”. La reforma se discute en la Comisión Especial para el Ingreso a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en la Asamblea Legislativa.
Sin duda, el texto en discusión significa un avance muy importante para el marco legal de competencia, pero existen algunas recomendaciones cuya inclusión continuará siendo una tarea pendiente. Específicamente, a pesar de la mayor autonomía e independencia éstas no se garantiza plenamente. Incluso la Contralora General de la República recomendó convertir a Coprocom en una institución autónoma. De igual manera, quedan mercados y sectores exceptuados de la aplicación de la ley de compentencia.
Ciertamente la creación de una institución más en un contexto de déficit fiscal elevado, de discusión para reducir la cantidad de instituciones gubernamentales y en un país caracterizado por la lenta aprobación de reformas, es compleja y puede parecer incluso contradictoria. Sin embargo, es parte de las discusiones pendientes y relevantes, pues hay “costos” que pueden verse como inversión desde otra perspectiva.
El objetivo último de la política de regulación y promoción de la competencia es mejorar el bienestar de los consumidores. Se busca el funcionamineto eficaz de los mercados; reprimiendo (sancionando y disuadiendo) las prácticas anticompetitivas. Se prohiben los acuerdos que limitan la competencia, los abusos de poder económico por parte de las empresas con posiciones de dominio y se controlan las concentraciones económicas que puedan afectar la competencia en el mercado donde operan. Dichas prácticas pueden traducirse en precios más altos, menor calidad o limitaciones en el acceso de bienes y servicios para los consumidores.
La competencia entre las empresas garantiza el funcionamiento eficiente de los mercados, beneficia a los consumidores y aumenta la productividad y el crecimiento de la economía. Si aspiramos a tener un crecimiento económico sostenible con inclusión social el esfuerzo país debe ser muy grande. El logro de este objetivo requerirá de arduo trabajo, reformas institucionales y políticas en distintos ámbitos, y una visión integral del país con prioridades y metas definidas y esta puede ser una de ellas.
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