E n la Asamblea Legislativa, y en nuestras sociedades, tendemos a creer que la aprobación de una ley resolverá por arte de magia los problemas de una sociedad. En las burbujas legislativas de cualquier país, se tiende a creer que la solución de esos problemas, depende de la aprobación de una o varias leyes. Los discursos de sus propulsores, enfatizan sus bondades y la satisfacción del deber cumplido, sin conocer realmente sus alcances reales (positivos y negativos).
El ejemplo clásico fue el de la prohibición del licor en los Estados Unidos en 1920. La aprobación de esa legislación, fue recibida con algarabía y optimismo desbordante: Billy Sunday (célebre promotor de la prohibición), entusiasmado, afirmó: “El valle de lágrimas se ha acabado. De las casuchas miserables no quedará más que el recuerdo. Convertiremos nuestras cárceles en fábricas y nuestras celdas en almacenes y silos. Ahora los hombres caminarán erguidos, las mujeres sonreirán, y los niños reirán. El infierno será cerrado para siempre”.
No hay duda que la prohibición del licor, era una medida bien intencionada. ¿Pero funcionó? La historia nos dice que no. No solo no acabó con el consumo de alcohol, sino que se multiplicó la criminalidad (¿recuerdan Al Capone?), se edificaron nuevas prisiones para encerrar a los nuevos delincuentes, etc.
Esa experiencia nos enseña que por más bien intencionados que sean sus promotores o por más bien intencionada que sean una ley o un decreto gubernamental, los mismos producen efectos indeseados y, en el mejor de los casos, imperceptibles; a menos que esa legislación sea “realista” y compense las “externalidades” negativas que se puedan dar.
Toda ley y, probablemente, todo acto humano, tiene externalidades (side effects). A los “daños colaterales” podemos calificarlos como externalidades negativas. A los efectos positivos podemos calificarlos como “frutos” (utilidades o externalidades positivas). La clave está en determinar si estos últimos son superiores a los daños.
En 2012 se aprobó la Ley de Tránsito vigente (Ley #9075) en nuestro país. Los medios de comunicación y los diputados se felicitaron por la aprobación de la misma. Se dijo que por fin se lograría “parar la sangría en las calles provocadas por choferes negligentes”. Se agravaron y se crearon nuevos delitos (se amplió el concepto de homicidio culposo derivado de conducciones temerarias), se crearon nuevas sanciones (pérdida de licencia por puntos, etc.) y los montos de las multas se multiplicaron más de 10 veces, al punto de que las multas de Costa Rica son muy superiores a las de países mucho más ricos y desarrollados. La Sala Constitucional, aunque invalidó algunos montos, validó casi todas las nuevas multas, las que les parecieron proporcionales. ¿Con qué criterio? Supongo que con el de los magistrados, porque la comparación con las multas de otros países era claramente desproporcionada. Parquearse en línea amarilla en Europa puede costar 100 dólares, aquí más de 400.
¿Por qué, entonces, sentimos que allá si funcionan y aquí no? Porque lo que importa es la capacidad de aplicación y no tanto el monto de la sanción. Ya lo había dicho Cesare Becaria hace más de 230 años: “lo que más disuade a los ciudadanos de violar la ley, no es la exagerada gravedad de la pena, sino la inexorabilidad de la justicia”, a lo que agregaba que “las penas deben ser proporcionales a la gravedad de los delitos…, si todas las penas son igual de rigurosas, el delincuente cometerá siempre el delito mayor”.
Se aprobó la nueva Ley en 2012 y ello se acompañó de declaraciones altisonantes e ilusas o llenas de optimismo. Pero, ¿se lograron los objetivos previstos? El principal objetivo era bajar las víctimas y muertes de tránsito. El segundo, aumentar los fondos de la policía de tránsito y de autoridades encargadas del mismo.
¿Qué ocurrió? Por lo pronto, el primer objetivo no se logró. Las muertes y víctimas en carreteras siguieron creciendo. Uso los datos del Estado de la Nación 2022. En el 2011, antes de la aprobación de la Ley, murieron en carretera 594 personas. En el 2013, año siguiente a la aprobación de la ley, murieron 649 personas. Es decir, aumentaron un 9,26%. Las víctimas de accidentes de tránsito pasaron de 7.137 a 16.737. Es decir, aumentaron 134%.
Se dirá, entonces, que las muertes y víctimas aumentaron porque aumentó el número de vehículos en circulación. Y es verdad que los vehículos aumentaron. Se pasó de 1.014.552 vehículos que pagaron el derecho de circulación en 2011, a 1.093.884 que lo hicieron en 2013. Es decir, aumentaron en 7,8% el número de vehículos. Por tanto, los vehículos crecieron menos que las muertes en carretera. La diferencia es mucho mayor si se consideran las víctimas de accidentes, porque éstas aumentaron casi 15 veces más que los vehículos en circulación. Mientras estos crecieron en 7,8%, las víctimas crecieron en 134%.
Si nos fijamos en el dato de crecimiento de víctimas de accidentes de tránsito entre el 2011 (antes de la aprobación de la Ley) y el 2019 (año antes de la Pandemia, para no tomar en cuenta los efectos de las medidas de restricción vehicular de los años 2020 y 2021), sucede algo parecido. Los vehículos que pagaron derecho de circulación aumentaron a 1.554.846 en 2019. Es decir, la flota vehicular aumentó en un 53,2% en ocho años (entre 2011 y 2019), pero resulta que las víctimas de accidentes de tránsito aumentaron en esos mismos años, 174,7%.
Por lo pronto, la ley no cumplió el objetivo central de la misma, no bajaron los accidentes (víctimas y muertes de tránsito) como se pretendía y se anunciaba al aprobar la nueva ley (de 2012). Aunque sí es verdad que aumentaron sustantivamente los ingresos gubernamentales por multas de tránsito.
Me dirán que hay múltiples factores que explican el que no se lograra el objetivo principal. Y convengo en que es verdad, ha habido cambios en la sociedad y la efectividad de la ley depende de la capacidad de los que la hacen cumplir. Además, los fondos recaudados por multas no siempre se usaron para financiar a las unidades de tránsito. Aunque hay que advertir que los presupuestos sí crecieron por encima de la inflación.
Por los motivos que sea, la Ley no cumplió las expectativas que nos anunciaron. Al contrario, no solo no se paró la sangría de nuestras carreteras, sino que esta siguió tan campante.
Aunque todas las Asambleas Legislativas del mundo, al aprobar una nueva ley, anuncian o asumen que las mismas lograrán los cambios que se pretenden con ellas, la realidad, tozuda como siempre, contradice muchas veces esa aseveración. Las leyes pueden lograr algunos cambios positivos y muchos negativos, pero, por sí mismas, no cambian la realidad. El deseo de que una cosa se convierta en realidad, no siempre la convierte en realidad. El hambre no es el pan.
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Publicación original en crhoy.com (23/08/2023)