L a Sala Constitucional (2004-9234) afirmó que las Administraciones “están llamadas a ser verdaderas casas de cristal en cuyo interior puedan escrutar y fiscalizar, a plena luz del día, todos los administrados.” Sin embargo, para que eso se alcance, es vital contar con mecanismos eficaces que impongan respeto absoluto a la legalidad, así como faciliten construir una cultura de profesionalización basada en la integridad.
Recursos. En la contratación pública uno de los remedios para controlar la tentación de lo irregular, es la posibilidad de presentar recursos de apelación en Contraloría General (CGR). Tal órgano, a partir de cierta cuantía, es competente, como jerarca impropio, para revisar actos de adjudicación. El que se siente perjudicado por decisiones que se separaron de lo técnico, de lo probo o del respeto a la Ley, puede accionar para que profesionales ajenos a la entidad que promueve el concurso, revisen. De esta forma, aparece un juez administrativo que ayuda con un juicio que, de cierta manera, permea en que se garantice el uso del poder público sanamente. En este caso, es factible que la casa de cristal sea real. CGR comprende, o así debe ser, que es ella la que cada vez que se apela, se convierte en los ojos de un pueblo harto de corrupción. Mira, y lo que infringe la Ley y la ética, lo debe anular. Más allá, donde hay aroma de corrupción, debe remitirlo a su vez al Ministerio Público.
Riesgo. Pese a ese control, se debe decir que el sistema está invertido. La inmensa mayoría de los concursos, se hacen como abreviadas o directas de escasa cuantía, sin que un sujeto imparcial pueda revisar antes. OCDE en Estudios de Gobernanza 2015 así lo indicó al país: “Alto porcentaje de licitaciones abreviadas. 82% en términos de números y 40% en términos de los procedimientos fueron adjudicados por medio de licitaciones abreviadas, en contraste con la mayoría de países de la OCDE en donde la licitación pública es el procedimiento de compras más común.” CGR, entonces, en razón de tipos de procedimientos y cuantías, se puede afirmar no ejerce control previo sobre los actos de adjudicación de la mayor parte del presupuesto público. Ese control simplemente no se hace o queda en las propias entidades donde la tentación a lo irregular o lo corrupto, aparece.
Tribunal. Por esa verdad, que debe alertar temores fundados ante la falta de una cultura de profesionalización, sin dejar de sumar, esas zonas grises donde está el caldo de cultivo que aborrece el país, se justifica la creación de un tribunal de contratación pública que, sin apegos a las entidades promotoras de los concursos, ayude con un ojo clínico experto para la sanidad en el uso de los fondos públicos. Algo así es totalmente factible, no solo porque la nueva Ley general de contratación pública, promovida por CGR y el Ministerio de Hacienda, excluye ciertas categorías de procedimientos del recurso de apelación, sino porque la revisión que se busca, es sobre actos que, actualmente, y con la nueva Ley, CGR nunca ha revisado.
Pero además, porque la profesionalización tardará en llegar, y en contratación si algo está claro, es que se ocupa de personas expertas, que impongan el imperio de la ley, y de doctrina correcta para dirimir los conflictos; amén de lo necesario de avanzar en la creación de un órgano que permita crear uniformidad en la lectura e interpretación de las normas, cosa que hoy en día no existe, porque hay administraciones que se creen repúblicas independientes, donde se les puede acreditar líneas de jurisprudencia de CGR o del Contencioso, y es como hablar con pared. Interpretan y aplican las normas, como mejor les parece, eso sí, invocando el maltrecho “interés público”.
Lo correcto. Uno refiere a un cartel con cláusulas dirigidas. Un proveedor con mejor derecho da la pelea, pero se desconoce su oferta. Éste recurre al acto final y, sorpresa, al rechazarse el recurso, curiosamente la entidad no cita como hecho probado, el documento de experiencia, que deja claro quién es el verdadero adjudicado. El perjudicado sabe que contra esa arbitrariedad se resigna, o se prepara para un contencioso de no menos de 6 o 7 años. Otro caso, muestra como un presidente ejecutivo conoce por un correo de un posible cartel dirigido, y de inmediato instruye anular el concurso.
Así las cosas, mientras llega el nuevo Tribunal, al menos que no nos dé pena tratar de hacer lo correcto, que se debe confiar en que habrá cada vez más funcionarios como los del segundo caso.
Envíe sus dudas o comentarios a academia@academiaca.or.cr.
Las opiniones expresadas en esta publicación son del autor y no necesariamente reflejan el punto de vista de la Academia de Centroamérica, su Junta Directiva, ni sus asociados.
Publicación original en CRHoy.com (18/08/2022)